Una Ley para un Imperio: Las Siete Partidas de Alfonso X El Sabio

Las Siete Partidas son el código legal que más años ha estado vigente en lo que hoy es España: unos 600 años. Desde el reinado de Alfonso X de Castilla (1252-1284) se mantuvo como cuerpo legislativo general hasta el s. XIX. Su vocación de corpus iuris general ya lo reflejaba su nombre original “Libro de las Leyes”, si bien a partir del XIV se empezó a denominar como libro de Las Siete Partidas por estar estructurado en siete partes bien diferenciadas.

El código de las Siete Partidas abarca de forma unitaria todo el Derecho de la época: derecho real y de instituciones públicas, civil, mercantil, penal, procesal civil y procesal penal. Sus citas van acompañadas de referencias a autores, ejemplos, exposiciones doctrinales y fundamentos en otras obras legales anteriores.

Su fuente principal es el “Corpus Iuris Civilis”, la gran compilación de derecho romano del emperador Justiniano. También utilizó las glosas y comentarios romanistas de autores como Acursio o Azzo, estudiosos que analizaban y comentaban en detalle los textos jurídicos romanos.

Así también se recogieron los Fueros, que eran normas jurídicas locales que regían una ciudad o comarca, y que otorgaban a la misma por su Rey. Junto a los Fueros se recogen obras jurídicas castellanas como Las Flores del Derecho, del autor Jacobo de las Leyes, que era el principal jurista de la Corte de Alfonso X, o La Margarita de los Pleitos, de Fernando Martínez de Zamora, que recoge jurisprudencia.

Pero esa vocación de generalidad y universalidad a la que antes nos referíamos hizo que no solo se recogiesen e integrasen cuerpos jurídicos o legales, sino también las principales obras filosóficas, religiosas e históricas: Aristóteles, Séneca, Cicerón, la Biblia, la Patrística, San Isidoro de Sevilla y Santo Tomás de Aquino. Así la obra integra todo el Derecho romano y castellano de la época junto al derecho canónico, al derecho feudal y a la filosofía.

alfonso_x_de_castilla_02Por esta universalidad se ha especulado que el objetivo que subyacía en su realización por parte de Alfonso X era el de crear un cuerpo jurídico general que poder aplicar a todo un imperio. Y es que una de las grandes pretensiones de este Rey fue la de  ser elegido como Emperador, esto es, Rey de los Romanos del Sacro Imperio Romano-Germánico, en el episodio histórico conocido como <<Fecho del Imperio>>. Cuando en 1256 muere el Emperador y Rey de los Romanos Guillermo de Holanda varios fueron los monarcas que se postularon a este título, entre ellos Alfonso X de Castilla. Así se cree que esta obra jurídica formaba parte de la candidatura a Emperador de este Rey castellano, que ofrecía al Papa el hecho de tener un cuerpo jurídico universal con que poder gobernar a todo un imperio.

En 1348 las Cortes de Alcalá establecieron para la Corona de Castilla unas normas jurídicas comunes en materia de contratos y herencias; y decreta que en todo lo no regulado expresamente en este llamado Ordenamiento de Alcalá se regirá por el Fuero Juzgo (traducción en lengua romance del Liber Iudiciorum, código legal visigodo que desde el año 654 había regido en gran parte de la Península Ibérica, y que tenía como fuentes el derecho romano postclásico) y en última instancia y con caracter general el Código de Las Siete Partidas.

Así, al regular de manera muy amplia tan distintos ámbitos del Derecho como ya expusimos más arriba, Las Siete Partidas fueron el derecho general que se aplicó primero en toda España con los Reyes Católicos, y después en América y buena parte del imperio español.

Sin duda se trata de la gran obra jurídica que integró y unificó a nivel legal el Reino de España, y que rigió la vida y patrimonio de los grandes personajes de nuestra Historia.


* Más información|Historia del Derecho  Historia General.com  Biblioteca Digital Mundial
* Imagen| Wikipedia
* En QAH| Derecho Medieval en España

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